Pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Arquitectura Técnica, de Administración Especial.
¿Qué es?
- * Fecha de publicación en el BOCM: 26 de febrero de 2019.
* Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2.
* Código de la Escala: 2668
* Proceso selectivo: Oposición.
* Plazas convocadas: 13 para turno libre-se reserva 1 para personas con discapacidad.
* Tasas de examen: 41,18 euros o, si se trata de miembros de familias numerosas de categoría general, 20,59 euros. - Calendario de actuaciones:
05/06/2019 Corrección de errores del programa (Anexo I)
Corrección de errores de la Orden 318/2019, de 12 de febrero (BOCM nº 132, de 5 de junio)
¿Quién puede?
- 1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes,
además de reunir los requisitos que se recogen en la base 66.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, deberán reunir los siguientes requisitos:
– Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Arquitecto Técnico o de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico.
- 2. Los/as aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y acreditarlos en los términos señalados en las bases generales.* Se podrá consultar el Sistema de selección y Programa, en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
Lista de espera
Se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera, integrada por un máximo de 50 candidatos, de personal funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, con aquellos aspirantes que hayan obtenido como mínimo 3 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo.
¿Qué necesitas presentar?
- 1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Cómo lo solicito?
- En el apartado “Gestión» de esta página se encuentran las dos opciones habilitadas para la presentación de la solicitud y documentación requeridas, pudiendo realizarse la presentación telemáticamente por Internet o presencialmente en las oficinas de asistencia en materia de registro.
a) Presentación por Internet
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario autenticarse con cualquiera de los medios electrónicos habilitados por la Comunidad de Madrid (Dnie, certificado electrónico, Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente).
Dentro del apartado “Gestión» de esta página, en la opción de “Tramitar”, podrá acceder y cumplimentar el formulario de solicitud online y presentarlo telemáticamente junto con la documentación requerida a través del registro electrónico, siguiendo las indicaciones.
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de «consulta de expedientes«, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Para ello, dentro del apartado “Gestión” de esta página, se encuentran los “impresos” requeridos que debe cumplimentar para presentarlos en cualquiera de las oficinas anteriormente indicadas